Todo el mundo está de acuerdo con que los laudos en que es parte el Estado peruano sean públicos. OSCE ha venido pidiendo en el último trimestre que los árbitros de su lista entreguen copia física de los laudos producidos en el último quinquenio, con lo que la avalancha de papel debe haber causado más de un atoro en ese organismo.
Pero
la realidad es contraria: en una búsqueda
en Google sobre “laudos de contratación pública en Perú” limitando la búsqueda al último año, el súper poderoso motor solo arroja 3 laudos…
Todos
sabemos que la cita de laudos no vale como la cita de jurisprudencia
vinculante, pues la vinculación de un precedente depende
de la estructura jerárquica de una institución como la judicial, lo que no existe en
el arbitraje institucional y menos en el ad
hoc.
Sin
embargo, es útil tomar en cuenta en
sentido suave o débil la jurisprudencia,
entendiendo por ella una colección
de decisiones sobre casos esencialmente similares, lo que sí se presenta en los arbitrajes de
contratación pública. Y si los árbitros queremos honrar el principio de
seguridad jurídica, deberíamos esforzarnos por estudiar las
decisiones arbitrales anteriormente adoptadas en casos afines.
Pero
esa es aún una mera aspiración en el Perú, hasta que OSCE y los centros de arbitraje
hagan un trabajo serio y cumplido, publicando la información valiosa contenida en esos laudos, de una
vez por todas, de manera permanente y actualizada.
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