La segunda acepción del diccionario de la
Real Academia Española define “dinamismo” como gran actividad, presteza o
diligencia. ¿Podemos vincular válidamente este sustantivo con la práctica del
arbitraje en el Perú? Teóricamente hablando, el arbitraje es un medio
alternativo de solución de controversias, que aporta una solución especializada
y eficiente, características que hacen a esta vía más atractiva que la vía
judicial.
Pero el dinamismo y la flexibilidad se han
empezado a alejar de la práctica arbitral, al menos en lo que respecta a la
contratación pública. Más y más percibo que la instalación de un tribunal está
tomando muchas semanas, que entre audiencia y audiencia los plazos se dilatan y
que seguimos algunas prácticas de tradición judicial como las notificaciones
físicas que tardan mucho tiempo y contaminan el medioambiente.
Es paradójico, por otro lado, ver que el
Poder Judicial peruano se esfuerza por poner en práctica la notificación
electrónica. En un proceso civil que li…