jueves 19 de julio de 2007

Cómo medir la calidad de un argumento
Ricardo León Pastor, rleon@lpafirma.com

Los problemas de calidad de un argumento
La calidad de un argumento se mide por su fuerza, coherencia, claridad y precisión.
Cuando un mensaje es oscuro o débilmente argumentado se refleja en una comunicación farragosa y pobre.

¿Cómo medir la calidad de un argumento?
Analizando los siguientes criterios, a los que se puede asignar una puntuación en la escala que uno elija (por ejemplo 4 puntos para el argumento más fuerte y 1 para el más débil).
ORDEN LÓGICO (problema, análisis, decisión)
COHERENCIA LÓGICA
CLARIDAD EXPOSITIVA (castellano estándar)
DIAGRAMACIÓN AMIGABLE
FORTALEZA ARGUMENTATIVA
SUFICIENCIA ARGUMENTATIVA (evite redundancia)

Orden
Se trata de plantear primero el Problema, después hacer el Análisis y finalmente poner la Conclusión. En caso de análisis de varias personas, el método debe ser igual respecto a cada una de ellas, es decir, primero se plantea el Problema General y después se realiza el Análisis de la conducta y la Conclusión de cada una de las personas por separado.

Coherencia
Los argumentos expuestos deben sumar una línea argumentativa consistente.
Los argumentos no deben ser contrarios entre ellos.

Claridad
Es el nivel de Lenguaje a utilizar. Debe ser un Lenguaje fácilmente comprensible y llano. El Lenguaje Llano es aquel en el que no se utilizan términos especializados, ni antiguos, ni en lengua extranjera, incluyendo el latín.

Diagramación
Es el uso gráfico del Lenguaje. Se trata de saber cuánto aire gráficamente tiene el texto. Existen dos tipos de texto, con aire y sin aire. El texto con aire es el que tiene argumentos diferenciados por números y espacios, donde existen puntos y apartes, los párrafos son separados, etc.
Regla de Oro: un argumento por párrafo y un párrafo por argumento.

Fortaleza
Cada afirmación sobre derecho o sobre hechos debe estar bien fundamentada.
En el caso del derecho, cada norma debe ser individualizada e interpretada.
En el caso de hechos, cada afirmación debe estar respaldada por la valoración de diversos medios probatorios.
No es suficiente mencionar números de artículos legislativos o folios del expediente.

Suficiencia
Se trata de que estén todos los argumentos. No deben haber argumentos que sobren ni que falten. No se deben repetir los argumentos, es decir, no debe haber redundancia.


miércoles 11 de julio de 2007

¿Cuándo una decisión judicial está bien motivada?
Ricardo León Pastor.LL.M. rleon@lpafirma.com. Conferencia Academia de la Magistratura

Condiciones de una buena argumentación (Atienza)
Razones sustantivas que apoyen una decisión.
Premisas organizadas lógicamente que preceden a una conclusión lógica.
Enunciados que como parte de un proceso lingüístico, constituyan un un acto de comunicación efectiva.


Condiciones de una buena decisión (decisión justa, Taruffo)
Corrección de la elección y la interpretación de la regla jurídica aplicable al caso.
Comprobación fiable de los hechos relevantes del caso.
Empleo de un procedimiento válido y justo para llegar a la decisión.

Rol de la interpretación en el razonamiento jurídico
Es FUNDAMENTAL. Un buen conocimiento de las normas y principios, las técnicas de interpretación, la doctrina y los precedentes judiciales. Sin ello no podemos tomar decisiones explícitamente argumentadas y por tanto RESPONSABLES.

Rol de la comprensión y valoración de los hechos
Es ESENCIAL. Un juez resuelve básicamente cuestiones de hecho. Debe entenderlos EN SU CONTEXTO y valorar explícitamente los medios de prueba. Si no lo hace, razonará en base a prejuicios o "razones secretas", intolerables en una sociedad que se reclama democrática.

Rol del debido proceso
FUNDAMENTAL. El proceso no es una seguidilla de etapas formales donde debe cumplirse la letra de la ley. Es la forma más avanzada de resolver conflictos sobre la base de:
Acceder al órgano judicial.
Proponer pruebas y discutirlas.
Recibir una decisión bien fundamentada.
Tener derecho a apelar la decisión.
Recibir una decisión final en un plazo razonable.

Método para una buena argumentación
Aproxímese a los hechos y estudie las pruebas.
Seleccione el material normativo e interprételo.
Subsuma hechos en normas.
Analice la consistencia constitucional de su decisión.
Hágase cargo de las consecuencias.

Tipos de Premisas en la Argumentación
Reglas de Derecho Positivo (criterios de validez).
Enunciados Empíricos (carga y valoración de pruebas).
Premisas "intermedias" (objeto de la argumentación jurídica).
ALEXY (1989)

Tipos de Argumentos más usados
Argumentos interpretativos.
Argumentos dogmáticos.
Argumentos basados en precedentes judiciales.
Argumentos empíricos.
ALEXY (1989)

Use Argumentos Dogmáticos
Definiciones de los genuinos conceptos jurídicos.
Enunciados que expresan normas no extraídas de la ley.
Descripciones o caracterizaciones normativas.
Formulaciones de Principios.

Use Argumentos basados en precedentes
Según Alexy, consiste en la aplicación de la norma que subyace al precedente, para ello hay que distinguir la ratio decidenci del obiter dictum. Adicionalmente, los anglosajones han creado dos técnicas para apartarse de los precedentes, a saber: el distinguishing y el overruling.

Use Argumentos empíricos
Enunciados sobre acciones, motivos, sucesos, estados, conocimientos científicos.
La argumentación jurídica requiere ocuparse de los problemas del conocimiento empírico, lo que implica una cooperación interdisciplinaria.
El conocimiento empírico necesario no puede obtenerse con la certeza deseable, se requieren reglas de presunción racional.

El Problema Probatorio
¿Cuál es la relación existente entre las fuentes de prueba aportadas en un juicio y el thema probanda?
El juez aprecia "narraciones", no hechos
La forma y secuencia en que los testigos "dicen" sus versiones.
El contenido de las narraciones, que deben contar con coherencia interna para que sean plausibles, además de coherencia externa en relación al conocimiento y experiencia del juez.

Distancia entre hechos, versiones, pruebas y hechos establecidos
Los hechos ocurridos en un caso están triplemente mediatizados por:
La "acomodación" realizada por las partes al relatar los sucesos a los abogados.
La versión interesada presentada por los abogados, con la finalidad de obtener una decisión favorable.
La oportunidad y calidad de los medios probatorios aportados durante el juicio.

Garantías procesales de la prueba
Libre contradicción como expresión del derecho de defensa
Legalidad, que tengan calidad de medios probatorios
Que sean incorporadas válidamente al proceso
Publicidad

Distinción entre datos de hecho y datos de demostración
Los datos de hecho son unidades mínimas de información, con sentido completo, que describen una situación temporal y especialmente delimitada.
Los datos de demostración son elementos que corroboran la ocurrencia de un dato de hecho de manera directa e inmediata.

Metodología del análisis probatorio
Descomponer las versiones de las partes en datos de hecho, COMPRENDIENDO EL CONTEXTO DEL HECHO.
Establecer las incógnitas correspondientes a los datos de hecho controvertidos.
Desarrollar las diligencias de averiguación para despejar las incógnitas (actividad probatoria).
Establecer la correspondencia entre datos de hecho y de demostración, para establecer los hechos del caso.

Criterios y Métodos para la Interpretación Jurídica
Ricardo León Pastor, rleon@lpafirma.com. Conferencia Academia de la Magistratura.

¿Qué significa hacer interpretación?
En términos generales, es atribuir un significado a un signo lingüístico, esto es, unir la línea de expresión lingüística con su correspondiente contenido o significado.
Jurídicamente, interpretar es indagar sobre el sentido de una norma jurídica dada.


Ejemplo de interpretación:
En un parque hay un letrero que reza "prohibido el ingreso de vehículos". En la loza central del mismo parque, se aprecia un enorme tanque de guerra, como remembranza de una batalla que le da su nombre al parque.
El abogado A ingresa al parque, observa el tanque, y le pregunta al abogado B "¿Acaso no está prohibido el ingreso de vehículos en este parque?".
El ejemplo sirve para destacar la vaguedad de la expresión "vehículo" que puede interpretarse, al menos, en una docena de acepciones distintas.
El ejemplo demuestra que los cánones de interpretación no están en el texto normativo, sino en el conocimiento que sobre el derecho, la jurisprudencia y la doctrina tiene el intérprete.

¿Por qué es necesario interpretar?
Por el carácter indefinido (textura abierta) de los conceptos jurídicos.
Por el conflicto entre dos o más normas
Por la generalidad y abstracción de las normas, cuya aplicación al caso concreto genera dudas.
Por la ambigüedad propia del lenguaje natural.

Modelos de interpretación
Teoría subjetiva: Busca la voluntad o intención del legislador. Es un acto estático, cerrado, pues queda satisfecho con el hallazgo de la voluntad del legislador histórico.
Teoría objetiva: Busca la voluntad o intención de la norma. Es un proceso dinámico, abierto, que completa el propio intérprete de acuerdo a criterios y circunstancias.

¿Cuál es mejor? Ninguno de ellos, sino más bien cada uno responde a diversos paradigmas o concepciones ideológicas sobre el derecho.

Métodos de interpretación jurídica
Gramatical, literal o lingüístico.
Lógico o de la ratio legis.
Sistemático por ubicación o comparación.
Histórico.
Sociológico.
Teleológico.

En adelante citamos las definiciones que sobre cada método hace Marcial RUBIO CORREA (2002) El Sistema Jurídico. Introducción al Derecho. 8va. Ed., Lima, Fondo Editorial PUCP.

Método Literal
"...el proceso de interpretación consiste en averiguar lo que la norma denota mediante el uso de las reglas lingüísticas propias del entendimiento común del lenguaje escrito en el que se haya producido la norma, salvo que los términos utilizados tengan algún significado jurídico específico y distinto del común, en cuyo caso habrá que averiguar cuál de los dos significados está utilizando la norma".

Tipo penal Prevaricato
Artículo 418 del Código Penal.- El Juez o el Fiscal que, a sabiendas, dicta resolución o emite dictamen, contrario al texto expreso y claro de la ley o cita pruebas inexistentes o hechos falsos, o se apoya en leyes supuestas o derogadas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años.

Si leemos este artículo podríamos tener la impresión que "el texto expreso y claro de la ley" es lo primero que debe guardar un juez al momento de interpretar. Respecto al texto expreso hay que decir que esta ley es redundante, pues en sociedades complejas todo texto legal, positivo, es expreso. Respecto a la claridad de la ley, hay que decir que el deber constitucional de motivar hace posible que un texto aparentemente claro, admita varias interpretaciones. Para ello, el operador debe exponer los diversos sentidos y la justificación para cada uno, decidiendo por qué mejores razones preferirá uno a los otros.

Método de la Ratio Legis
"...el qué quiere decir de la norma se obtiene desentrañando su razón de ser intrínseca, la que puede extraerse de su propio texto (...) Esta razón de ser es distinta de la intención del legislador y de la ratio juris (...) Sus límites son, de un lado, que la ratio legis no siempre es claramente discernible en las normas jurídicas, y de otro, que se puede prestar a una utilización subjetiva..."

Método sistemático por comparación
"...el procedimiento de interpretación consiste en esclarecer el qué quiere decir la norma atribuyéndole los principios o conceptos que quedan claros en otras normas y que no están claramente expresados en ella".

Método sistemático por ubicación
"...la interpretación debe hacerse teniendo en cuenta el conjunto, sub-conjunto, grupo normativo, etc. en el cuál se haya incorporada, a fin que su qué quiere decir sea esclarecido por los elementos conceptuales propios de tal estructura normativa".

Método histórico
"...la interpretación se hace recurriendo a los contenidos que brindan los antecedentes jurídicos directamente vinculados a la norma de que se trate, y se fundamenta en que el legislador siempre tiene una intención determinada al dar la norma jurídica, llamada intención del legislador, que debe contribuir decisivamente a explicarnos su sentido".

Método sociológico
"...la interpretación de la norma debe realizarse tomando en cuenta las variables sociales del más diverso tipo, del grupo social en el que va a producirse la aplicación de la norma (...) Supone el aporte de distintas ciencias sociales al esclarecimiento y adaptación de la normatividad a la realidad y, en verdad, uno de sus objetivos centrales es (acercar...) Derecho y sociedad.

¿Y qué criterios pueden orientarnos?
Un criterio formalista: la ley debe ser aplicada tal y como está escrita.
Un criterio de justicia natural: los conflictos deben ser resueltos justamente, acatando o no las normas del derecho vigente.
Un criterio legal racional: los conflictos deben resolverse considerando las normas del sistema jurídico para dar la solución más racional y razonable posible.

Límites de la interpretación
Sustrato jurídico-normativo.
Adecuación del texto a las circunstancias.
Conjugación de criterios interpretativos.
Control de prejuicios valorativos.
Rigor lógico.

De nuevo: ¿El juez cuenta con discreción al momento de interpretar?
Hay un ya clásico debate en la teoría legal entre quienes como Ronald DWORKIN afirman que hay sólo una respuesta jurídica correcta ante cada caso (niegan la tesis de la discrecionalidad judicial) y quienes como H.L.A. HART afirman la tesis de la discrecionalidad y postulan varias respuestas correctas posibles. El debate está abierto y queda a jueces y fiscales interpretar con las mejores razones de la jurisprudencia y la doctrina para tener decisiones correctas. La corrección les acompañará en la medida en que sustenten sus decisiones en las razones más fuertes. En la medida que no lo hagan , tendrán resoluciones sólo motivadas en apariencia.

domingo 8 de julio de 2007

Introducción a la Argumentación Jurídica. Conceptos básicos
Ricardo León Pastor, rleon@lpafirma.com. Academia de la Magistratura, Julio 2007.


¿Por qué justificar?¿Qué significa argumentar?
Argumentar es dar razones sustantivas que apoyen una decisión.
En un proceso argumentativo, intervienen premisas organizadas lógicamente que preceden a una conclusión lógica.
La argumentación es de naturaleza lingüística y se plasma en un conjunto de enunciados.
Como proceso lingüístico, la argumentación es un acto de comunicación.


La argumentación supone:
Una acción relativa a un lenguaje.
Supone un problema a dilucidar.
Tiene doble dimensión: Es un proceso y al mismo tiempo un producto.
Es una actividad racional orientada a un fin que puede evaluarse como buena o mala desde el punto de vista de su solidez. Atienza 2006

3 Concepciones de la argumentación
Formal o lógica.
Material o sustantiva.
Pragmática (dialéctica o retórica) Atienza 2006

Argumentación formal
Se satisface al señalar la premisa normativa (artículo legislativo) y la premisa fáctica (folios que contienen pruebas del hecho).
De ambas premisas se deduce una conclusión.
Dicha conclusión está contenida en la parte resolutiva de la decisión.
En el estándar actual, es claramente insuficiente.

Argumentación material
Se dan un conjunto de razones (motivos, fundamentos) para apoyar la premisa normativa. Se razona con base a principios, derechos, valores.
Lo propio se hace con la premisa fáctica, desarrollando argumentos con base a reglas de experiencia, conocimientos científicos y reglas probatorias.

Argumentación pragmática
La DIALÉCTICA es la que opone argumentos de ambas partes en el procedimiento, y va tomando decisiones parciales sobre cada cuestión. Es bidireccional.
La RETÓRICA es la que se dirige a un solo auditorio de manera unidireccional, tomando como base de la argumentación los tópicos o argumentos de sentido común entre los juristas.

Razones explicativas y razones justificativas
Una decisión judicial puede ser explicada o justificada (Atienza 2006)
Las razones explicativas dan cuenta de los móviles psicológicos que indujeron al juzgador a tomar tal decisión.
Las razones justificativas están dirigidas a presentar argumentos para hacer aceptable la decisión y mostrar su adecuación al marco jurídico vigente. Por ello éstas son las exigidas en el plano jurídico.

Contexto de descubrimiento y contexto de justificación
El contexto de descubrimiento es aquél en el cual se "descubre" o se "crea" una solución jurídica para un conflicto sometido a la jurisdicción.
El contexto de justificación es aquél en el cual se pasa a dar las razones que fundamentan una decisión judicial tomada.

Un método para razonar efectivamente
Aproxímese a los hechos y estudie las pruebas.
Seleccione el material normativo e interprételo. A veces no encontramos normas… (casos de laguna)
Subsuma hechos en normas.
Analice la consistencia constitucional de su decisión.
Hágase cargo de las consecuencias.


Norma y la validez del ordenamiento jurídico
Ricardo León Pastor.
rleon@lpafirma.com. (Academia de la Magistratura Julio 2007)

La noción de validez normativa es esencial para el análisis y la argumentación legal. Cuando pensamos en calificar un hecho, lo que hacemos mentalmente es buscar una norma (un supuesto de hecho) que coincida con el hecho entre manos. Esa labor de calificación que se lleva a cabo en cualquier área del derecho requiere de algunas precisiones para que el rozamiento sea correcto y bien acabado.

Un concepto de validez jurídica
"Una pluralidad de normas forma una unidad, un sistema, un orden, cuando su validez puede ser atribuida a una norma única como fundamento último de esa validez… Y el que una norma pertenezca a un orden determinado deriva sólo del hecho de que su validez pueda ser referida a la norma fundamental que constituye a ese orden" (Kelsen).

Diferencia entre validez, eficacia y legitimidad normativa
Una norma es válida cuando pertenece a determinado sistema jurídico.
Una norma es eficaz cuando rige, en los hechos, la conducta social.
Una norma es legítima cuando la población cree que la norma está moralmente justificada.

Principios reguladores del ordenamiento jurídico (Bobbio)
Que el ordenamiento tenga un criterio último de unidad.
Que el ordenamiento aspire a la coherencia entre las diversas normas que lo integran.
Que el ordenamiento aspire a ser pleno, esto es, a regular todo caso que se presente ante la administración de justicia.

Clasificación de normas jurídicas (Hart)
Normas primarias.- Llamadas normas de conducta, son dirigidas a la población. Tienen una estructura lógica "supuesto-consecuencia".
Normas secundarias.- Llamadas normas de organización, son dirigidas a los operadores del sistema legal. No tienen estructura supuesto-consecuencia.

Estructura lógica de las normas primarias
Supuesto de hecho.- Es la descripción de una conducta individual.
Consecuencia jurídica.- Es la calificación jurídica que corresponde al supuesto de hecho.
Para reconocer el supuesto de hecho en un artículo normativo, podríamos preguntarnos ¿qué conducta pretende sancionarse-calificarse?

No es lo mismo texto normativo que norma jurídica
El texto normativo típico, un artículo de una ley o reglamento, NO ES LA NORMA, sino que la contiene.
La norma se integra de la composición entre supuesto de hecho y consecuencia legal.
Puede haber varios supuestos de hecho y varias consecuencias legales en un mismo artículo e incluso en una misma norma.
Es indispensable para el razonamiento correcto RECONOCER qué norma gobernará el caso concreto y cuál es el supuesto de hecho que ella regula.

Ejercicio 1: ¿Qué norma jurídica contiene el siguiente texto constitucional?
"Artículo 30.- Son ciudadanos los peruanos mayores de dieciocho años. Para el ejercicio de la ciudadanía se requiere la inscripción electoral".
Contiene 2 nomas. La primera es: SI un peruano cumple 18 años, ENTONCES goza de ciudadanía.
La segunda: SI un peruano cumple 18 años y se inscribe en el registro electoral, ENTONCES puede ejercer la ciudadanía.

Ejercicio 2: ¿Cuántas normas hay en el siguiente artículo del Código Penal?
"Artículo 418: El Juez o Fiscal que, a sabiendas, dicta resolución o emite dictamen, contrarios al texto expreso y claro de la ley o cita pruebas inexistentes o hechos falsos, o se apoya en leyes supuestas o derogadas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años".
Contiene 10 normas, a saber:
El juez que a sabiendas dicta resolución contraria al texto expreso y claro de la ley, será sancionado...
El juez que a sabiendas dicta resolución citando pruebas inexistentes, será sancionado...
El juez que a sabiendas dicta resolución citando hechos falsos, será sancionado...
El juez que a sabiendas dicta resolución citando leyes supuestas, será sancionado...
El juez que a sabiendas dicta resolución citando leyes derogadas, será sancionado...
El fiscal que a sabiendas hace un dictamen contrario al texto expreso y claro de la ley, será sancionado...
El fiscal que a sabiendas hace un dictamen citando pruebas inexistentes...
El fiscal que a sabiendas hace un dictamen citando hechos falsos...
El fiscal que a sabiendas hace un dictamen citando leyes supuestas...
El fiscal que a sabiendas hace un dictamen citando leyes derogadas...

Como se ve, hay que desentrañar la complejidad de algunos artículos legislativos para obtener la norma que gobierne cada caso.

lunes 2 de julio de 2007

Argumentación y Litigación Oral
Ricardo León Pastor.
Conferencia Corte Superior de Justicia del Callao, 4 de Julio, 2007
rleon@lpafirma.com

La litigación es una técnica en el marco de un proceso
El proceso judicial es un MÉTODO ORAL de toma de decisiones en el entorno de una crisis, donde la información es siempre limitada y generalmente contradictoria.
En él las partes deben PROBAR su teoría del caso.
Los litigantes deben provocar convicción ORALMENTE y no aspirar a probar "la verdad" de los hechos alegados (lo qu eal menos históricamente no es posible).
Los abogados deben controlar la pertinencia y calidad de la información ventilada en el juicio.

De la argumentación escrita a la argumentación oral
Pasamos de enfocarnos en el expediente a enfocarnos al juicio oral.
Pasamos de escribir argumentos más o menos ampulosos a persuadir con técnicas de litigación en la transparencia del debate oral.
Pasamos de litigar masivamente a litigar sólo los casos ganadores.
Pasamos de una posición reactiva a una posición estratégica y planificada.

¿De qué se trata cuando vamos a juicio?
Se trata de GANAR EL JUICIO.
No tiene sentido plantear denuncias que no tienen sustento adecuado, relevante y ganador.
Si presentamos una denuncia débil, perderemos el caso.
Si perdemos el caso, nos desprestigiamos.
Si nos desprestigiamos, no seremos reconocidos como litigantes competentes.

La importancia de la TEORÍA DEL CASO
La teoría del caso es nuestro particular punto de vista sobre lo que pasó, nuestra versión.
Se integra por una teoría jurídica y proposiciones de hecho que se subsumen en dicha teoría.
Es el centro de todo el caso, todo examen, contra examen y alegato debe respaldarse en ella.
Debe contar con coherencia interna y externa para apuntar a la CREDIBILIDAD.

Alegato inicial del caso
Presente a las partes en conflicto.
Presente la escena del caso.
Presente su TEORÍA DEL CASO: el tema y cómo sucedieron los hechos.
Establezca la base legal de culpabilidad.
Pida un fallo a su favor.
Todo expuesto con técnica persuasiva.

La litigación oral como parte de la actividad probatoria
La litigación debe estar orientada por la teoría del caso.
Debe ser concebida como una estrategia orientada a fines concretos, por lo tanto debe ser flexible.
Debe ser muy persuasiva para aclarar los puntos fuertes del litigante.
Debe ser completamente oral, los documentos "no hablan por sí mismos" deben ser puestos en contexto y los testigos deben darles significación.

Procedimiento de introducción de evidencia
Identificar el documento u objeto a introducir.
Mostrarlo a la contraparte.
Mostrarlo al declarante.
Probar su relevancia mediante preguntas al declarante.
Mostrárselo al juez para su examen.

El interrogatorio en la litigación oral
Es la forma de comprobar las hipótesis contenidas en la teoría del caso. Las preguntas deben orientarse a este objetivo.
Supone una alta dosis de preparación sobre la teoría del caso y las pruebas disponibles.
Se rige por principios de contradicción e información fidedigna y clara.

Reglas para un buen interrogatorio
Sea breve. Haga preguntas abiertas, cortas y directas.
Esté calmado. No pelee con el declarante.
Sea modesto.
Escuche atentamente toda la respuesta.
No pregunte si no adelanta una respuesta.
Prepárese para las malas respuestas.
Jamás pregunte ¿por qué?
Tenga siempre "controles" (declaraciones, documentos, procedimientos).

Alegato final
Presente nuevamente su teoría del caso.
Presente los temas y lo que sucedió respaldado en la EVIDENCIA.
Establezca la base legal de culpabilidad o inocencia.
Refute la teoría de la parte opuesta.
Pida un fallo a su favor.

Agradeceremos comentarios a:
http://razonandolaley.blogspot.com/
Cómo organizar y argumentar una investigación académica
Ricardo León Pastor. LL.M.
rleon@lpafirma.com
Es difícil hacer investigación académica en el terreno legal en el Perú. Más de 20 años de experiencia asesorando tesis de pre y post grado me lo confirman.
Un bajísimo porcentaje de estudiantes de maestría (en mi experiencia menos del 10%) logra terminar y sustentar la tesis.
Esto se debe, entre otros factores, a nuestra falta de entrenamiento en metodologías adecuadas, a la falta de una educación que haya fomentado la creatividad y la curiosidad intelectual, además del escaso tiempo y recursos para realizar investigación. Además, un investigador requiere de mucha disciplina personal, lo que no es común entre nosotros.
A pesar de este panorama sombrío, si alguien se anima a investigar académicamente, podrá encontrar algunas recomendaciones seguidamente.

Preguntas básicas de todo investigador
¿Qué tema o problema voy a investigar?
¿Para qué voy a hacer la investigación?
¿Por qué es relevante el problema?
¿En qupe área voy a realizar la investigación?
¿En cuánto tiempo la voy a realizar?
¿Cupal va a ser el grado de profundidad de la investigación?
¿Con qué métodos voy a contar?
¿Voy a requerir apoyo de otras personas?
¿Con qué financiación voy a contar?
Ander-Egg

Etapas de la Investigación
Descubrimiento del problema y definición del problema.
Imaginar hipótesis.
Diseño de la verificación de las hipótesis.
Puesta a prueba o contraste con la realidad.
Establecimiento de las conclusiones resultado de la investigación.
Extender las conclusiones o generalizar los resultados.
Sierra-Bravo

Cómo elaborar problemas
Criticar soluciones conocidas, esto es, buscar puntos débiles en ellas.
Aplicar soluciones conocidas en situaciones nuevas y examinar si siguen valiendo para éstas.
Generalizar viejos problemas, probar con nuevas variables y/o nuevos dominios
Buscar relaciones con problemas pertenecientes a otros campos.
Sierra-Bravo
Una gran fuente de creatividad es aplicar conocimientos de una disciplina a otra. Por ejemplo, si sé que una ley de la física es que todo lo que sube tiene que bajar, ¿cómo afectaría esa ley a la producción legislativa en un país?
Sobre creatividad hay ya en librerías y bibliotecas peruanas muchos manuales disponibles. Es muy útil leerlos. Investigar es crear algo NUEVO.

Concepto de Hipótesis
El término hipótesis tiene su origen en las palabras griegas: Thesis, que hace referencia a ‘lo que se pone’, e hipo, que significa ‘por debajo’. Hipótesis es, si nos atenemos a la estructura verbal de la palabra, lo que se pone por debajo o se supone.

Fase de Verificación o análisis racional
Cumplida la fase de planeamiento (problemático-hipotética) pasamos a ejecutar la investigación mediante su verificación (si la investigación es social) o su análisis racional (si la investigación es dogmática).
La verificación se hace con instrumentos de ciencia social (entrevistas, encuestas, observación participante).
El análisis racional se hace comparando las diversas propuestas de los autores más reconocidos.

Selección del material para la investigación
En investigación social:
Entrevistas
Encuestas
Estadísticas
Observación participante
En investigación dogmática:
Libros, Revistas
Anuarios, Colecciones
Jurisprudencia, Cuadernos de Debates
Selección de material digital
Catálogos en línea
Colecciones de Jurisprudencia
Colecciones de Legislación
Diccionarios
Buscadores
Revistas electrónicas
Editoriales
Medios de prensa
Blogs
Grupos de interés

La redacción del informe de investigación
Una vez culminadas las fases anteriores, que deben concluir con la elaboración de un PLAN DE INVESTIGACIÓN que recoja todos aquellos elementos, podemos pasar a la redacción, no sin antes elaborar un ESQUEMA PROVISIONAL de investigación.
El esquema es algo parecido al índice de un libro, es la guía que en muy pocas palabras anuncia el contenido de los puntos más importantes del futuro informe.
Tradicionalmente los capítulos son 3, y en cada uno puede haber 2, 3 o más sub-capítulos.

Un consejo que me ha dado resultados favorables en la asesoría de tesis es pedir a cada investigador que no deje de trabajar, al menos, 2 horas diarias en la elaboración de su informe de investigación y que no cierre esas 2 horas sin asegurarse de haber escrito una página.
La página de investigación, al prinicipio, puede contener resúmenes de lecturas, citas de diversos materiales de investigación, comentarios del investigador e inclusive preguntas irresueltas. Lo importante es avanzar una página cada día, al menos una.
No importa si son páginas que parezcan irrelevantes, repetitivas o muy inmaduras, importa que queden escritas.

Ya en una fase posterior de investigación, cuando se haya recabado y analizado todo el material y se hayan escrito varias decenas o centenas de páginas (dependerá de cuán profundo sea el ámbito de estudio), se procederá a la edición y el "descarte" de aquellas ideas, argumentos o páginas inútiles. En esto el asesor de tesis tendrá un rol protagónico.

Pues bien, los interesados podrán seguir o no este consejo. Recordemos que el investigador debe tener creatividad, al mismo tiempo vaor y disciplina para avanzar cada día su trabajo. Buena suerte.